Protegemos el origen y la calidad del Café de Cauca y Colombia.

Resolución

De acuerdo con la Ley 9 de 1991 y con el Capítulo XIII del Título VII del decreto 2685 de 1999, el Comité Nacional de Cafeteros estableció los requisitos para la inscripción de tostadoras, trilladoras y fábricas de café soluble en el país. 

Los requisitos están consignados en la Resolución 01 de 2002 del Comité Nacional de Cafeteros que reglamenta los trámites de inscripción.Para la renovación debe enviar el formulario cada año entre el 1 de enero y el 30 de abril al siguiente correo: Ici.Registro@cafedecolombia.com

Para hacer su informe mensual, por favor descargue el Formato Informe Mensual Tostadoras aquí y envíelo al correo mercado.interno@cafedecolombia.com a más tardar el día 15 del mes siguiente al que se quiere reportar.

 

Para la renovación debe enviar el formulario cada año entre el 1 de enero y el 30 de abril al siguiente correo:  Ici.Registro@cafedecolombia.com 
Para hacer su Informe Estadístico Mensual de la Industria Torrefactora y Fábricas de Café Soluble debe ingresar al siguiente portal: 
Por favor adjuntar el certificado de Cámara y Comercio cuando se trata de inscripción de una nueva tostadora.

Formulario Inscripción y Renovación Tostadora

Formulario Inscripción y Renovación Trilladoras

Este registro no tiene costo ante la Federación Nacional de Cafeteros de Colombia.
Remita sus inquietudoes al correo: Ici.Registro@cafedecolombia.com

Portal Cafetero

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Nombre: Regulación Cafetera

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Télefono: (57+1) 313 6600 Ext. 1168

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